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Servicio Público

Se entiende como servicios públicos al conjunto de beneficios o actividades que ofrece un ente u órgano de la administración pública en el marco de sus competencias, establecidas por ley o decreto. Los términos, Servicio, Servicio Administrativo y Servicio Público hacen referencia a la misma definición de servicio dada por la Ley núm. 167-21.

Para identificar un Servicio Público, se debe tomar en consideración que el mismo cumpla con las siguientes características generales: 

  1. Debe satisfacer una necesidad colectiva (son esenciales para la sociedad).

  2. Su prestación debe ser continua (sostenibilidad).

  3. La necesidad debe ser cubierta para todos o para la mayor parte de los que requieren el servicio (universalidad).

  4. Debe ser prestado directamente por el Estado o por particulares, a través de cualquier modalidad contractual, de conformidad con la Constitución y las leyes vigentes.

Los servicios públicos conllevan trámites que se derivan de ellos, los cuales se describen a continuación.